Thursday, September 07, 2006

 
La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Peñiscola de 10 de agosto de 2006 acordó aprobar el proyecto de reparcelación.
XI.- APROBACIÓN PROYECTO DE REPARCELACIÓN PLAN DE
REFORMA INTERIOR DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-1A DEL
POLÍGONO IV DE SUELO URBANO, SECTOR I, "LAS ATALAYAS".
Vistos los antecedentes obrantes en el expediente, de los que resulta:
1.- En fecha 5 de marzo de 2003, D. Pascual Lloret Teruel y D. Juan Carlos Zafrilla López, en nombre y representación de las mercantiles Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L., presentaron una Alternativa Técnica de Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución nº 1 "Las Atalayas", al amparo de lo dispuesto en el artículo 48 LRAU.
2.- En fecha 14 de marzo de 2003, D. Pascual Lloret Teruel y D. Juan Carlos Zafrilla López, en nombre y representación de las mercantiles Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L., presentaron escrito al que adjuntaban copia de las publicaciones en el periódico "Mediterráneo" de fecha 11 de marzo de 2003 y en el D.O.G.V. nº 4458 de fecha 12 de marzo de 2003, de la Alternativa Técnica de Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución nº 1 "Las Atalayas", que se acompaña de Proyecto de Urbanización,
Documento de Homologación, Plan de Reforma Interior y Proyecto de Reparcelación Voluntaria.
3.- La Comisión Territorial de Urbanismo, en sesión de 1 de junio de 2005, resolvió aprobar definitivamente la Homologación Sectorial y el Plan de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución U.E.-1A del Polígono IV de Suelo Urbano, Sector I, "Las Atalayas".
4.- En fecha 19 de agosto de 2005, Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L. aportan proyecto de reparcelación adaptado a la U.E.-1A conforme al ámbito territorial del Plan de Reforma Interior aprobado.
5.- En fecha 24 de febrero de 2006, el Ayuntamiento Pleno acordó aprobar definitivamente el Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución U.E.-1A.
6.- En fecha 2 de junio de 2006, el Ayuntamiento de Peñíscola y las mercantiles
Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L. suscribieron el correspondiente Convenio Urbanístico del Programa de Actuación Integrada de la U.E.-1A "Las Atalayas".
7.- En fecha 22 de junio de 2006, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar el Proyecto de Urbanización de la U.E.1-A "Las Atalayas".
8.- En relación al Proyecto de Reparcelación voluntaria de la Unidad de Ejecución U.E.-1A "Las Atalayas" presentado por Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L., se requirió a las sociedades promotoras, en fecha 26 de julio de 2006, la subsanación de determinadas deficiencias que quedaron subsanadas con la documentación aportada el 2 de agosto de 2006.
Resultando que la reparcelación voluntaria formulada afecta a las siguientes fincas
registrales y titulares:
- Finca 29184.............. Peñíscola Green S.L.
- Finca 29185.............. Peñíscola Green S.L.
- Finca 29186.............. Peñíscola Green S.L.
- Finca 29187.............. Peñíscola Green S.L.
- Finca 29183.............. Peñíscola Green S.L.
- Finca 5913................ Pascual Lloret Teruel y Carmen Sos Piquer
Resultando que en fecha 2 de agosto de 2006 se ha aportado escritura de reparcelación voluntaria otorgada por Peñíscola Green S.L., Zona Residencial Las Atalayas S.L., D. Pascual Lloret Teruel y Dª Carmen Sos Piquer otorgada ante el Notario D. Manuel Sierra Murcia en fecha 31 de julio de 2006, protocolo nº 2628, dando cumplimiento con ello a lo solicitado en el apartado 3 del escrito de deficiencias remitido en fecha 26-07-06. Consta asimismo la aportación de certificación registral de dominio y cargas y nota simple del registro, que permiten la identificación registral de las fincas, acreditándose la titularidad registral de quienes figuran en la reparcelación voluntaria propuesta.
Considerando que en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, al Proyecto de Reparcelación voluntaria presentado le resulta de aplicación lo previsto en la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (en adelante LUV) y en el propio Reglamento y en concreto los artículos 179 y 185 LUV, asi como el artículo 422 del Reglamento.
Considerando que, conforme al artículo 185 LUV, la aprobación de la reparcelación voluntaria se efectuará según propuesta suscrita por los interesados y formalizada en escritura pública con planos adjuntos expresivos de la localización y dimensiones de las fincas implicadas.

Considerando que la competencia para la aprobación de la reparcelación voluntaria corresponde a la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el Decreto de la Alcaldía nº 329/2003, de 17 de junio, de delegación de competencias.
Por unanimidad, se acuerda:
Primero.- Aprobar la propuesta de reparcelación voluntaria del Plan de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución U.E.-1A del Polígono IV de Suelo Urbano, Sector I, "Las Atalayas", formulada por Zona Residencial Las Atalayas S.L. y Peñíscola Green S.L. y formalizada en escritura pública, otorgada ante el Notario D. Manuel Sierra Murcia en fecha 31 de julio de 2006, con número de protocolo nº 2628, debiendo inscribirse la misma en el Registro de la Propiedad.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo a todos cuantos resulten titulares registrales o de derechos reales en el ámbito de la actuación.

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